Estudio de Código de Red. Medimos tu operación actual e implementamos la solución ideal para ayudarte en su cumplimiento.
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implementados
Único implementador que
ofrece garantía en caso
de multas
Evita sanciones por
incumplimiento
Evitar sanciones ante la autoridad
Accede a nuevos suministradores eléctricos para obtener mejores tarifas
Cumple con los requisitos para instalar un nuevo punto de conexión.
Esta es la versión actualizada publicada en el DOF. Si tienes alguna duda sobre la interpretación o quieres conocer más de este PDF, nuestro equipo está listo para asesorarte.
Solicitar asesoríaRESOLUCIÓN Núm. RES/550/2021 de la Comisión Reguladora de Energía por la que se expiden las Disposiciones Administrativas de Carácter General que contienen los criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del Sistema Eléctrico Nacional: Código de Red.
Webinar enfocado a centros de carga donde hablamos sobre los nuevos requerimientos, recomendaciones para la elaboración y entrega del plan de trabajo.
Ver webinarEl CÓDIGO DE RED son disposiciones emitidas por la CRE que contienen los requerimientos mínimos necesarios para garantizar el desarrollo eficiente de todos los procesos asociados con SEN.
Su objetivo es establecer los criterios técnicos necesarios que deben observar y cumplir de forma obligatoria todos los integrantes de la Industria Eléctrica durante el desarrollo de sus actividades, para garantizar que el sistema eléctrico alcance y mantenga una operación.
Este estudio tiene como objetivo diseñar los equipos de potencia reactiva, necesarios para cumplir con el código de red, enfocado a parques eólicos y fotovoltaicos que se interconectan al sistema eléctrico.
Para el análisis se realiza la modelización dinámica de los parques.
Curvas de
Capabilidad
Análisis de
tensiones
Barrio de frecuencia
y diseño de filtros
Pérdidas
Eléctricas
Contenido
Armónico
Este estudio tiene como objetivo verificar el cumplimiento del código de red. Las mediciones se realizan en el PCC, con un equipo de medición que tiene la resolución requerida en las metodologías establecidas.
Ayudamos a los centros de carga a cumplir con los requerimientos técnicos de:
Conocemos la parte técnica y legal de las regulaciones
Tenemos la capacidad de medirte
No te arriesgues con una empresa que carece del conocimiento necesario.
Evita poner en riesgo el resultado final de tu inversión y esfuerzo. En Diram contamos con la capacidad de llave en mano y las herramientas necesarias para analizar tu caso.
Ofrecemos soluciones personalizadas para brindar el mayor ahorro y precisión a cada uno de nuestros clientes. Así podemos diseñar de forma correcta la solución ideal para ti. ¿Te interesa un curso de Código de Red? somos los expertos.
Garantizamos nuestras soluciones, por lo que nos hacemos cargo del costo de tu sanción en caso de ser acreedor.
Revisamos tu presupuesto para revisar cómo crear un plan y esquema de pago para ajustarnos a ti.
Podemos especificar los equipos que requieres basándonos en algún estudio previo que ya tengas.
Logramos la mayor cantidad de fichas aceptadas dentro del grupo de centros de carga
Preguntas frecuentes
Para estar en cumplimiento con el Código de Red los centros de carga deben cumplir con los requerimientos de Factor de potencia, Tensión, Frecuencia, Cortocircuito y Calidad de la energía (distorsión armónica de corriente, flicker y desbalance de corriente).
Además de otros factores importantes como la coordinación de protecciones, intercambio de información y control.
El Código de Red establece los requerimientos técnicos mínimos para:
1.- Un desarrollo eficiente de los procesos de planeación, medición, control operativo, control físico, acceso y uso de la infraestructura eléctrica.
2.- Proteger el Sistema Eléctrico Nacional.
3.- Brindar una operación segura y un suministro confiable de energía eléctrica.
Esto mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos para Centros de Carga:
La nueva versión del Código de Red 2.0 publicada el día 31 de diciembre de 2021 presenta mejoras importantes en el manual de requerimientos para la conexión de centros de carga que harán más factible su cumplimiento.
El 31 de diciembre la Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó el Código de Red 2.0 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrando en vigor a partir del 3 de enero de 2022 de forma general para todos los centros de carga.
El Código de Red son disposiciones emitidas por la CRE que contienen los requerimientos mínimos necesarios que permiten garantizar el desarrollo eficiente de todos los procesos asociados con SEN.
En él se establecen los criterios técnicos necesarios que deben observar y cumplir de forma obligatoria todos los integrantes de la Industria Eléctrica durante el desarrollo de sus actividades, para garantizar que el sistema eléctrico alcance y mantenga una operación segura y un suministro confiable de energía eléctrica.
Cuando se hacen modificaciones técnicas por parte del centro de carga como incrementar la demanda, cambiar el punto de conexión, etc.
Estos cambios demandan cumplir con el Código de Red, ya que eléctricamente se está realizando una modificación al cambiar de suministrador o migrar de un esquema delegado a mercado.
A más de 5 años de su publicación, existen muchas dudas sobre el código de red. En DIRAM hemos estudiado a fondo este tema e incluso como miembros del comité consultivo de confiabilidad de la Comisión Reguladora de Energía, contribuimos a mejorar la redacción, interpretación y aplicación del mismo. En esta sección podrás encontrar las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre código de red. Con gusto podemos asesorarte.
Es recomendable avisar a la CRE, pero no bajo la forma de un Plan de Trabajo.
Para notificar este cumplimiento la sugerencia sería un Alcance, donde se informe a la autoridad correspondiente que ya has terminado las acciones de tu plan de trabajo.
El centro de carga es responsable de contar con un monitoreo constante.
Existen diferentes softwares en el mercado que pueden evaluar parámetros eléctricos. Nuestro software Cloud PQ es el único que actualmente evalúa los parámetros actualizados del Código de Red sin necesidad de tener el acceso al punto de medición del punto de evaluación.
La CRE publicó un “Formato de ayuda para la entrega del Plan de Trabajo”.
Para poder llenar correctamente la información solicitada, es necesario realizar un levantamiento de activos en tus instalaciones y un estudio para poder obtener los parámetros eléctricos solicitados. En Diram hemos presentado más de 250 planes de trabajo en función de este formato de ayuda y con gusto podemos brindarte nuestros servicios de código de red y acompañarte en el proceso.
Necesitan un estudio de código de red quienes no estén en cumplimiento de la normativa y pertenezcan a la industria eléctrica:
La CRE ha publicado la “Guía sobre los requerimientos técnicos del Código de Red aplicables a Centros de Carga”, para que puedas conocer de una manera más sencilla lo que te aplica como centro de carga. ¡Puedes consultarla en la parte de arriba!
En la Ley de la Industria Eléctrica se prevén sanciones por incumplir el código de red. La CRE es la única con la facultad de establecerlas y el monto se determinará de acuerdo a lo descrito en los siguientes artículos de la LIE:
Inciso k), fracción I, del artículo 165: Con multa del 2 al 10 por ciento de los ingresos brutos percibidos en el año anterior por dejar de observar de manera grave, a juicio de la CRE, las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del SEN.
Inciso c), fracción II, del artículo 165: Sanciones asociadas al incumplimiento del Código de Red GUÍA SOBRE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL CÓDIGO DE RED APLICABLES A CENTROS DE CARGA 13 Con multa de cincuenta mil a doscientos mil salarios mínimos por incumplir las disposiciones en materia de la Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del SEN.
En el artículo 166 de la LIE se establecen criterios adicionales que las autoridades deberán tomar en consideración en la determinación de la procedencia y monto de las sanciones, tales como la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia, y cualquier otro elemento del que pueda inferirse la gravedad o levedad del hecho infractor, incluyendo las acciones tomadas para corregirlo. Asimismo, en el Código de Red se incluyen factores que serán evaluados por la CRE para determinar la magnitud de la condición de incumplimiento:
i. Número de usuarios afectados,
ii. Tiempo de interrupción del suministro eléctrico,
iii. Energía no suministrada,
iv. Corte manual de carga no controlable,
v. Otras
Actualmente en la mayoría de los procesos de solicitud de nuevos puntos de conexión, conexión de nuevas cargas, ampliación de cargas existentes y en general cualquier proceso que requiera estudios técnicos con el CENACE, se realiza la revisión del cumplimiento del código de red. Por lo que su incumplimiento podría derivar en una negativa o condicionante para la aprobación del proceso en el que se encuentre el centro de carga.
Existen distintas soluciones de acuerdo a los incumplimientos encontrados. Los tiempos pueden ser tan cortos cómo un par de semanas, hasta soluciones que requieren incluso 12 meses para su implementación. Es necesario considerar los tiempos internos para la solicitud de recursos y asignación.
Por lo que es muy importante conocer el incumplimiento para tener un marco de referencia para solucionarlo. Esta parte es muy importante en el plan de trabajo y en diram podemos apoyarte no solo con conocer tus incumplimientos, sino también darte solución a cada uno de ellos con los mejores tiempos de entrega y costos gracias a nuestra amplia gama de soluciones.
Los requerimientos del código de red se deben de cumplir todo el tiempo, por lo que no es posible obtener un certificado o aprobación del cumplimiento. Es responsabilidad del centro de carga asegurar su cumplimiento desde ya y en el futuro. Por esta razón se vuelve crucial el tener sistemas de monitoreo y medición propia con el fin de identificar los incumplimientos y tomar acciones.
La evaluación del código de red se realiza en el punto de conexión. Por lo que los centros de carga pueden realizar las mediciones en el punto más cercano al punto de conexión en instalaciones que estén bajo su responsabilidad. Sin embargo, hay muchos centros de carga que no cuentan con infraestructura propia para llevar la medición siquiera en el mismo nivel de tensión.
Por lo que es necesario que expertos realicen estos estudios para poder realizar las consideraciones necesarias que aseguren el cumplimiento en el punto de conexión.
El Código de Red se revisa “ex post”. O dicho de otro modo, en retrospectiva.
Al realizar la visita el inspector ya habrá revisado previamente nuestros registros eléctricos del año anterior proporcionados por CENACE o CFE y detectado que en cierto periodo no estuvimos cumpliendo con el Código de Red la mayor parte del tiempo.
Si bien sabemos que se puede monitorear el cumplimiento en tiempo real, la vigilancia se realiza ex-post por los mismos periodos y con las mismas tablas qué establece el Código de Red en su manual regulatorio de requerimientos de conexión para los centros de carga.
La única autoridad capacitada para interpretar y supervisar este documento es la CRE, lo cual solo podrá hacer con previa justificación de causa.
Esto se encuentra establecido en la sección B. 2 del nuevo Código de Red, donde además se especifica que para estas tareas de vigilancia podrá apoyarse con el CENACE y la CFE.
El Código de Red busca establecer los criterios técnicos necesarios que deben observar y cumplir de forma obligatoria todos los integrantes de la industria eléctrica, durante el desarrollo de sus actividades, para garantizar que el sistema eléctrico mantenga una operación óptima y confiable.
Algunos de nuestros clientes